El exsecretario general de la seccional La Plata de la UOCRA fue detenido en septiembre de 2017. Medina, exsecretario general de la seccional La Plata de la UOCRA, fue detenido en septiembre de 2017 por orden del juez federal Luis Armella, que lo procesó por aquellos delitos y le trabó un embargo de 200 millones de pesos.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó este jueves el sobreseimiento de Juan Pablo “Pata” Medina, su hijo Cristián Isidoro Jesús Medina y el resto de los imputados en una causa por los presuntos delitos de asociación ilícita, lavado de dinero y extorsión.
Con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, la Corte hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario del fiscal general ante Casación, Raúl Pleé, y dejó sin efecto la sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal que había convalidado el cierre del expediente.
Los jueces remarcaron que comparten “los fundamentos y conclusiones” del dictamen de la Procuración y, por esa vía, anularon lo resuelto en Casación. La causa volverá ahora a esa Cámara, que deberá dictar una nueva resolución con una integración distinta.
Medina, exsecretario general de la seccional La Plata de la UOCRA, fue detenido en septiembre de 2017 por orden del juez federal Luis Armella, que lo procesó por aquellos delitos y le trabó un embargo de 200 millones de pesos.
En febrero de 2020 obtuvo la prisión domiciliaria, que cumplió en su casa de Ensenada. Un año después, el Tribunal Oral Federal 2 de La Plata lo excarceló con la prohibición de participar en actividades gremiales y el incumplimiento de esa pauta derivó en un nuevo arresto.
El expediente se encaminaba al juicio oral ante ese mismo tribunal. En octubre de 2022, de manera unipersonal, el juez Alejandro Esmoris declaró la nulidad de todo lo actuado y sobreseyó a los acusados. Entendió que la persecución penal era consecuencia de la investigación paralela conocida como “Gestapo” o “mesa judicial”, iniciada a partir de una denuncia de la Agencia Federal de Inteligencia durante la gestión de Alberto Fernández.
Según aquella resolución, la situación de Medina “no sería más que el fruto de los delitos que se vienen investigando” en ese otro expediente, por “actividades de inteligencia ilegal” y un “proyecto delictivo más amplio” que habría involucrado a funcionarios de alto rango. La fiscalía apeló.
En Casación, Ángela Ledesma y Alejandro Slokar confirmaron la nulidad y los sobreseimientos, mientras que Guillermo Yacobucci votó en disidencia y consideró prematuro el cierre.
Pleé cuestionó esa confirmación. Advirtió que los sobreseimientos “privan al Ministerio Público Fiscal del ejercicio de su deber constitucional de promover la actuación de la justicia e impiden determinar en el debate oral y público la verdad respecto a los hechos imputados”.